Artículo decimotercero R...or Público

Artículo decimotercero. Real Decreto 466/2026, de 10 de junio, adaptación de organismos públicos a la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público

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Artículo decimotercero. Modificación del Estatuto del Instituto para la Transición Justa O.

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A., aprobado por el Real Decreto 179/2021, de 23 de marzo.

El Estatuto del Instituto para la Transición Justa O.A., aprobado por el Real Decreto 179/2021, de 23 de marzo, queda redactado como sigue:

Uno. Se modifican las letras d) y g) del artículo 9 que queda redactado como sigue:

«d) La aprobación de los gastos y la ordenación de los pagos del Instituto en ejecución del Presupuesto, salvo los casos reservados por Ley a la competencia del Gobierno, así como la suscripción de convenios.»

«g) Aprobar la propuesta de los planes estratégicos del Instituto, así como la propuesta de los planes anuales de actuación y el informe anual de cumplimiento de éstos.»

Dos. Se modifica la letra d) y se añade una nueva letra v) en el artículo 10 que queda redactada como sigue:

«d) Elaborar la propuesta de los planes estratégicos del Instituto, así como elaborar la propuesta de los planes anuales de actuación y elevarlas a la Presidencia del organismo.

v) la suscripción de contratos.»

Tres. Se añade un número 9 al apartado 2 c) del artículo 12, con la siguiente redacción:

«9. El Presidente del Consejo Asesor podrá invitar a participar de las sesiones del Consejo, con voz, pero sin voto, a representantes del sector público o a miembros de la sociedad civil distintos de los previsto en el presente artículo, cuando así lo justifique el contenido de las sesiones.»