Articulo 13 Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas
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Artículo 13. Funciones del Consejo Rector.

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Corresponden al Consejo Rector las siguientes atribuciones

a) Velar por el cumplimiento de las normas, misiones y fines del Instituto, así como de las disposiciones generales que sean de aplicación.

b) Aprobar los criterios de actuación del ISFAS

c) Conocer el proyecto del presupuesto anual, la Memoria y Balance del ejercicio y acordar su envío al Ministerio de Defensa y al de Economía y Hacienda.

d) Establecer los criterios para la prestación de la asistencia sanitaria.

e) Aprobar los planes de inversiones que se le propongan por la Gerencia del ISFAS, órgano directivo que se establece en el artículo 17, y acordar la tramitación correspondiente.

f) Proponer, en su caso, cuantas medidas, planes y programas sean convenientes para el desarrollo de los mecanismos de protección del Régimen especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2007 en vigor desde 27-12-2007