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Articulo 13 Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral -Vigente-

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Artículo 13. Provisión de las jefaturas.

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1. Los Jefes de Área, División y Comisaría serán nombrados y cesados libremente por la Consejera o Consejero titular del Departamento competente en materia de Interior, de entre el personal del Cuerpo de la Policía Foral, a propuesta del Jefe de la Policía Foral, elevada a través del Director General de Interior.

2. Con carácter general, las Jefaturas de Brigadas, Grupos y Oficinas de Atención Policial serán provistas mediante convocatoria, entre el personal adscrito a la unidad organizativa de que se trate, por el procedimiento de concurso previsto en el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, salvo que, con carácter excepcional y en atención a las circunstancias específicas de la Jefatura, la plantilla orgánica prevea su provisión por libre designación.

3. En caso de ausencia, enfermedad, u otro impedimento temporal, los Jefes de las unidades a que se refieren los apartados anteriores podrán ser sustituidos, en el ejercicio de sus funciones y hasta su reincorporación, por el mando de igual empleo o, en su defecto, de empleo inmediatamente inferior que designe el Director General de Interior a propuesta del Jefe de la Policía Foral.

4. En caso de falta de disponibilidad de personal en el empleo exigido, las jefaturas de las unidades a que se refieren los apartados 1 y 2 podrán ser ejercidas interinamente, durante el período que concurra dicha circunstancia, por personal del empleo inmediatamente inferior, previa designación por la Consejera o Consejero titular del Departamento competente en materia de Interior en los casos de Áreas, Divisiones y Comisarías, o del Director General de Interior en los casos de Oficinas de Atención Policial, Brigadas y Grupos, a propuesta del Jefe de la Policía Foral.

5. Para la elaboración de la propuesta y la asignación de las jefaturas, se tendrá en cuenta el dimensionamiento de la unidad y la especialización de la misma, así como la experiencia y la capacitación del designado y otras circunstancias de oportunidad, debidamente justificadas.