Articulo 13 Reglamento del procedimiento a seguir en el ejercicio de la potestad sancionadora
Artículo 13.
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1. Concluidos los trámites de alegaciones y de prueba, en su caso, el instructor formulará la propuesta de resolución que se notificará a los interesados.
2. La propuesta de resolución deberá contener los elementos de hecho y de derecho determinantes de la infracción y de la responsabilidad, así como las razones por las que se rechazan o aceptan, total o parcialmente, las alegaciones de los interesados formuladas en el curso del expediente, o bien la declaración de inexistencia de responsabilidad.
3. Si se observa la existencia de responsabilidad, la propuesta de resolución contendrá asimismo:
La indicación, cuando proceda, de si existen circunstancias modificativas de la responsabilidad.
La calificación de la infracción en leve, grave o muy grave.
Las sanciones máximas que corresponden a la calificación propuesta y la sanción concreta que se propone.
Los pronunciamientos relativos a la existencia y reparación de los daños y perjuicios que hayan resultado acreditados.

