Articulo 13 Reglamento por el que se regulan los criterios de selección, formación, promoción y movilidad para el personal de las Policías Locales
Artículo 13.- La fase de oposición.
1. La fase de oposición constará de las siguientes pruebas, en el siguiente orden:
a) pruebas físicas,
b) pruebas psicotécnicas,
c) de conocimiento e idiomas, y
d) reconocimiento médico.
2. Las bases de las convocatorias establecerán que las mujeres embarazadas en las que se prevea, por las circunstancias derivadas de su avanzado estado de gestación y previsión de parto, o eventualmente primeros días del puerperio, su coincidencia con las fechas de realización de cualquiera de los exámenes o pruebas previstos en el proceso selectivo, podrán ponerlo en conocimiento del Tribunal de selección, uniendo a la comunicación el correspondiente informe médico oficial. La comunicación se realizará con suficiente antelación, salvo parto imprevisto, debiendo determinar el Tribunal de selección si procede o no realizar la prueba en un lugar alternativo o un aplazamiento de la prueba, o ambas medidas conjuntamente.