Articulo 13 Salud de Galicia

Articulo 13 Salud de Galicia

Ver Indice
»

Artículo 13. Derechos relacionados con la participación.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Galicia tendrá derecho a participar, en los términos establecidos en la presente Ley, en la gestión del Sistema Público de Salud de Galicia, a través de los órganos de participación comunitaria.