Articulo 13 TR. de disposiciones legales de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado
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»Artículo 13. Mínimo exento.
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El mínimo exento en el impuesto sobre el patrimonio se establece en 700.000 euros.
Modificaciones
- Artículo modificado (13 (con efectos desde el 31 de diciembre de 2011)) por Ley 12/2011, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
(BOE de 27-01-2012) en vigor desde 01-01-2012
