Articulo 13 TR. Legislación sobre impuestos medioambientales
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»Artículo 7. Objeto del impuesto.
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El Impuesto sobre el daño medioambiental causado por la emisión de contaminantes a la atmósfera tiene por objeto gravar la concreta capacidad económica que se manifiesta en la realización de determinadas actividades que emiten grandes cantidadesde sustancias contaminantes a la atmósfera, como consecuencia de su incidencia negativa en el entorno natural de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Modificaciones
- Artículo modificado (13 (pasa a ser 7)) por LEY 3/2012, de 8 de marzo, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
(AR de 19-03-2012) en vigor desde 20-03-2012
