Articulo 13 TR. de la ley de contratos de las administraciones públicas
Ver Indice
»Artículo 13. Objeto de los contratos.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
(DEROGADO)
El objeto de los contratos deberá ser determinado y su necesidad para los fines del servicio público correspondiente se justificará en el expediente de contratación.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
(BOE de 31-10-2007) en vigor desde 30-04-2008
