Articulo 13 Transparencia y Buen Gobierno de La Rioja
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»Artículo 13. Ejercicio del derecho de acceso a la información pública.
Vigente
1. El derecho de acceso a la información pública se ejercerá conforme al procedimiento establecido en la legislación básica del Estado.
2. La solicitud de acceso a la información pública no requerirá de motivación alguna. Tampoco será necesario invocar este derecho ni la aplicación de la presente ley.

