Articulo 13 Transporte de... carretera

Articulo 13 Transporte de personas por carretera

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Artículo 13. Junta Arbitral del Transporte

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La Junta Arbitral del Transporte es un instrumento de protección y defensa de las partes intervinientes en el contrato de transporte que pueden acudir a ella, como cualquier otra persona que ostente interés legítimo, para la resolución de las controversias que surjan en su cumplimiento.