Articulo 13 Tratamiento de información geográfica
Artículo 13. Memorias de los Planes Anuales de Actuación.
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1. El Pleno de la Comisión de Coordinación aprobará las Memorias de los Planes Anuales de Actuación.
2. Las Memorias deberán contener, al menos, las especificaciones siguientes relativas al Plan de Actuación correspondiente.
a) El grado de la ejecución de los proyectos, programas, actividades y servicios con la indicación de:
-La eficiencia derivada de su disponibilidad y calidad.
-La utilización del recurso o servicio.
b) La relación de conjuntos de datos geográficos que conforman la Información Básica al cierre del ejercicio y el informe de su actualización.
c) Las actividades realizadas en virtud de convenios o acuerdos de colaboración entre la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y otras administraciones u organismos, de proyectos europeos o de otra índole, relativos a la información territorial, en los que se participe.
d) La Memoria del Programa Cartográfico Anual.
e) El balance de las actuaciones y proyectos de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

