Articulo 13 Uso, protección y promoción de las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón
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»Artículo 13. Currículo.
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1. En las zonas de utilización histórica predominante de las lenguas y modalidades lingüísticas propias se fomentará que su enseñanza, junto al castellano, se establezca en todos los niveles y etapas.
2. El Gobierno de Aragón impulsará la edición de materiales didácticos para ser utilizados en las asignaturas de lenguas y modalidades lingüísticas propias en los centros educativos de Aragón.
