Articulo 13 Uso del vascuence en las Administraciones Públicas
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En los impresos de uso interno y papelería utilizados por los servicios de las Administraciones Públicas y entidades de derecho público a ellas vinculadas, con sede en la zona mixta, los encabezamientos y membretes se harán en castellano.
Si los impresos son para uso público, se dispondrá la utilización de formularios distintos en castellano y en forma bilingüe, para la elección del interesado.
