Articulo 130 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización
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»Artículo 130
Vigente
Se modifica el apartado 4 del artículo 22, de la Ley 13/2004, de 27 de diciembre, de la Generalitat, de Caza de la Comunitat Valenciana que queda redactado como sigue:
«4. Reglamentariamente se desarrollarán las características y requisitos de los cerramientos cinegéticos así como los casos en que proceda la supresión de los mismos con el objeto de promover mayores unidades de gestión y mejorar las condiciones de vida de los animales. La superficie mínima necesaria para que pueda instalarse un cerramiento de caza mayor es de 500 hectáreas.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-12-2013 en vigor desde 01-01-2014