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Articulo 130 Medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración

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Artículo 130. Modificación del Decreto 282/2002, de 12 de noviembre, de acogimiento familiar y adopción.

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Se modifica el apartado 2 del artículo 17 del Decreto 282/2002, de 12 de noviembre, de acogimiento familiar y adopción, cuya redacción es la siguiente:

«2. Las personas interesadas en obtener la declaración de idoneidad deberán solicitar conforme al modelo que figura como Anexo I al presente Decreto adjuntando la siguiente documentación.

a) Copia auténtica o autenticada del documento acreditativo de la identidad de las personas que se ofrecen para el acogimiento familiar o la adopción.

b) Copia auténtica o autenticada del documento acreditativo de la inscripción del matrimonio o de la pareja de hecho en el Registro correspondiente, así como del periodo de convivencia. En el caso de acogimientos de urgencia o temporales, podrá sustituirse por documento análogo que acredite tal condición expedida por la autoridad competente.

c) Copia auténtica o autenticada, en su caso, de la declaración conjunta o individual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas referida al último ejercicio fiscal declarado, o, en su caso, acreditación de la exención de la obligación de presentar la declaración correspondiente al último periodo impositivo, así como de la totalidad de las rentas y de los rendimientos imputables al Impuesto de la renta de las personas físicas que hubiera o hubieran percibido en el periodo impositivo de referencia. No será necesaria su aportación si se autoriza expresamente a la Administración para su consulta.

d) Certificado médico de cada solicitante, que acredite su estado de salud física y psíquica. En caso de enfermedad, deberá constar el diagnóstico y pronóstico, así como el grado de discapacidad, si la hubiera.

e) Copia auténtica o autenticada del certificado de empadronamiento actualizado de la persona o personas que se ofrezcan, que incluirá la relación de todas las personas residentes en el domicilio, así como la fecha de empadronamiento en el municipio. Será consultado directamente por la Administración Pública salvo que se ejerza el derecho de oposición, en cuyo caso deberá aportarse.

f) Certificado de antecedentes penales de cada solicitante.

g) Copia auténtica o autenticada del certificado negativo del Registro Central de delincuentes sexuales de todos los miembros de la unidad familiar y de cualquier otra persona que resida en el domicilio familiar, mayor de 14 años. Será consultado directamente por la Administración salvo que se ejerza el derecho de oposición en cuyo caso deberá aportarse.

h) Certificado de actividad laboral o profesional.

i) Otros documentos que contribuyan a valorar adecuadamente la idoneidad de los solicitantes.»