Articulo 130 Reglamento M... de Madrid

Articulo 130 Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de Madrid

Ver Indice
»

Artículo 130. Régimen retributivo

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


La cuantía de las retribuciones básicas de los agentes auxiliares será la que legalmente corresponda al subgrupo de clasificación profesional C2, conforme a la adscripción de estas plazas a dicho subgrupo de clasificación profesional.