Articulo 130 TR. de la ley del impuesto sobre sociedades
- Norma derogada, con efectos de 1 de enero de 2015, por la Ley 27/2014, de 27 de noviembre.
Ver Indice
»Artículo 130. Índice de entidades.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. En cada Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria se llevará un índice de entidades en el que se inscribirán las que tengan su domicilio fiscal dentro de su ámbito territorial, excepto las entidades a que se refiere el artículo 9.
2. Reglamentariamente se establecerán los procedimientos de alta, inscripción y baja en el índice de entidades.
