Articulo 131 Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia
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»Artículo 131. Contenido del sistema de reeducación menores
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El sistema de reeducación de menores es el conjunto de acciones en materia de prevención y atención de menores orientadas a procurar el desarrollo integral y la inserción social y familiar del " menor infractor ", entendiendo por tal aquél sobre el que se ha adoptado una medida judicial como consecuencia de haber cometido un hecho constitutivo de infracción penal.
