Articulo 13113 TR. Disposiciones dictadas en materia de tributos cedidos
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»Artículo 131-13.- Condiciones de aplicación de los beneficios fiscales en Sucesiones.
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (131-13 (se deroga)) por LEY 3/2025, 27 de junio, de apoyo fiscal a la empresa familiar por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón.
(AR de 07-07-2025) en vigor desde 08-07-2025 - Modificación realizada (131-12 (se renumera como 131-13)) por LEY 17/2023, de 22 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024.
(AR de 29-12-2023) en vigor desde 01-01-2024 - Artículo modificado (131-12 (se añade)) por LEY 4/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2021.
(AR de 31-12-2020) en vigor desde 01-01-2021
