Articulo 132 Carta Munici... Barcelona

Articulo 132 Carta Municipal de Barcelona

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Artículo 132.

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1. El Alcalde o Alcaldesa de Barcelona tiene la condición de autoridad competente en materia de seguridad, cuando actúe en ejercicio de las competencias atribuidas al municipio en esta materia.

2. El Alcalde o Alcaldesa puede imponer, dentro del ámbito de las competencias municipales en materia de seguridad, las sanciones establecidas por la Ley.