Articulo 132 Medidas de r...nciliación

Articulo 132 Medidas de respuesta a consecuencias de la Guerra de Ucrania y transposición de Directivas en materia de sociedades y conciliación

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Artículo 132. Régimen jurídico.

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El ejercicio de la potestad sancionadora se regirá por lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sin perjuicio de las especialidades que se regulan en este capítulo.