Artículo 132 Normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos de la PAC
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»Artículo 132. Procedimientos de seguimiento
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La autoridad de gestión y el comité de seguimiento supervisarán la ejecución del plan estratégico de la PAC y el progreso alcanzado en el logro de las metas de dicho plan sobre la base de los indicadores de realización y de resultados.
