Articulo 132 Reglamento de Procedimiento del Tribunal General
Ver Indice
»Artículo 132. Recurso manifiestamente fundado
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Cuando el Tribunal de Justicia o el Tribunal General se hayan pronunciado ya sobre una o varias cuestiones jurídicas idénticas a las planteadas en los motivos del recurso y el Tribunal General constate que los hechos están probados, el Tribunal General podrá decidir declarar el recurso manifiestamente fundado mediante un auto motivado que haga referencia a la jurisprudencia pertinente, una vez terminada la fase escrita del procedimiento, a propuesta del Juez Ponente y tras oír a las partes.
