Articulo 1327 TR. Disposiciones dictadas en materia de tributos cedidos
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»Artículo 132-7.- Reducción aplicable en las localidades afectadas por determinadas inundaciones.
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (132-7 (se deroga)) por LEY 17/2023, de 22 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024.
(AR de 29-12-2023) en vigor desde 01-01-2024 - Artículo modificado (Artículo 132-7, se añade con efectos exclusivos para el año 2015) por LEY 2/2015, de 25 de marzo, de medidas tributarias urgentes dirigidas a compensar los efectos de las inundaciones en la cuenca del río Ebro.
(AR de 07-04-2015) en vigor desde 08-04-2015
