Articulo 133 decies RDLeg...dad Social

Articulo 133 decies RDLeg. 1/1994 de 20 de junio, TR. de la Ley General de la Seguridad Social

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Artículo 133 decies. Prestación económica.

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La prestación económica por paternidad consistirá en un subsidio que se determinará en la forma establecida por el artículo 133 quater para la prestación por maternidad, y podrá ser denegada, anulada o suspendida por las mismas causas establecidas para esta última.

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