Articulo 133 Educación
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Artículo 133. Reconocimiento profesional de la función directiva

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1. El ejercicio de la función directiva con evaluación positiva será reconocido como mérito en los procesos de provisión de puestos de trabajo en la función pública docente y en la administración educativa, en los concursos de traslados y en los procesos selectivos de acceso a la Inspección Educativa.

2. La consejería favorecerá la incorporación de cargos directivos, y especialmente del cargo de director, a los diferentes órganos de carácter consultivo y participativo que dependen de ella.

3. La administración educativa, con la participación de la Mesa de Diálogo Permanente con los Directores y las Asociaciones de Directores promoverá medidas para mejorar el prestigio y el reconocimiento profesional de los equipos directivos, facilitará la competencia profesional del ejercicio de la función directiva y promoverá la incorporación de los docentes a las tareas directivas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-03-2022 en vigor desde 18-03-2022