Articulo 133 Educación
Artículo 133. Reconocimiento profesional de la función directiva
1. El ejercicio de la función directiva con evaluación positiva será reconocido como mérito en los procesos de provisión de puestos de trabajo en la función pública docente y en la administración educativa, en los concursos de traslados y en los procesos selectivos de acceso a la Inspección Educativa.
2. La consejería favorecerá la incorporación de cargos directivos, y especialmente del cargo de director, a los diferentes órganos de carácter consultivo y participativo que dependen de ella.
3. La administración educativa, con la participación de la Mesa de Diálogo Permanente con los Directores y las Asociaciones de Directores promoverá medidas para mejorar el prestigio y el reconocimiento profesional de los equipos directivos, facilitará la competencia profesional del ejercicio de la función directiva y promoverá la incorporación de los docentes a las tareas directivas.
- Texto Original. Publicado el 17-03-2022 en vigor desde 18-03-2022