Articulo 133 establecimiento de un regimen comunitario de franquicias aduaneras
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»Artículo 133
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El Reglamento (CEE) nº 918/83, modificado por los actos que figuran en el anexo V, queda derogado.
Las referencias al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento y se leerán con arreglo a la tabla de corres pondencias que figura en el anexo VI.
