Artículo 133 Hacienda de la Comunidad de Madrid
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»Artículo 133. Objeto de la auditoría pública.
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1. La auditoría pública tendrá por objeto la verificación, realizada con posterioridad y efectuada de forma sistemática, de la actividad económico-financiera del sector público autonómico, mediante la aplicación de los procedimientos de revisión que resulten más adecuados para alcanzar los objetivos de las distintas modalidades de auditoría.
2. Las modalidades de auditoría pública son: auditoría de regularidad contable, auditoría de cumplimiento y auditoría operativa.
