Articulo 133 Ordenación Sanitaria
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»Artículo 133. Competencia.
Vigente
Corresponde a la Consejería de Sanidad el diseño, planificación, dirección, ejecución y evaluación de la política de la Comunidad de Madrid en materia de drogodependencias y otros trastornos adictivos, conforme a las atribuciones recogidas en su Estatuto de Autonomía.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-12-2001 en vigor desde 26-12-2001