Articulo 133 Reglamento g...e Cataluña

Articulo 133 Reglamento general de carreteras de Cataluña

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Artículo 133. Régimen general.

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Las limitaciones de usos y actividades impuestas por este Reglamento a la propiedad o titularidad de los derechos sobre inmuebles configuran el contenido ordinario del derecho de propiedad y no dan lugar a indemnización.