Articulo 134 Capitalidad de Palma
Ver Indice
»Artículo 134
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El Ayuntamiento de Palma de Mallorca, de acuerdo con el Consejo de la Capitalidad, puede instar, promover y colaborar en la creación de infraestructuras de interés para el municipio, como carreteras, puentes, pasos subterráneos o a nivel, líneas de tren, trolebuses, metro o tranvías, aparcamientos, obras hidráulicas, mataderos, edificios e instalaciones para servicios públicos, de comunicaciones y todas las que sean de interés de la comunidad vecinal. Todo ello al amparo de la legislación básica de régimen local.
