Articulo 134 Competencia ...ón Militar

Articulo 134 Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar

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Artículo 134

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Las sanciones que se pueden imponer a quienes ejerzan cargos judiciales, fiscales o secretarías relatorías, por las faltas cometidas en el ejercicio de sus cargos, son:

a) Advertencia.

b) Pérdida de uno a veinte días de haberes.

c) Pérdida de destino, que tendrá como efecto el cese en el cargo que desempeñe el sancionado, quien no podrá durante dos años ser destinado a cargos judiciales, fiscales o de secretaría relatoría.

d) Suspensión hasta tres años.

e) Separación del servicio.

Las faltas leves se sancionarán con advertencia o pérdida de uno a cinco días de haberes ; las graves con pérdida de seis a 20 días de haberes, y las muy graves con pérdida de destino, suspensión o separación del servicio.

Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los dos años ; las impuestas por faltas graves al año, y por faltas leves a los seis meses.

Los plazos de prescripción comenzarán a computarse desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la resolución en que se impongan.

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