Articulo 134 General de Comunicación Audiovisual
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»Artículo 134. Anuncios de servicio público o de carácter benéfico.
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Se considera anuncio de servicio público o de carácter benéfico el que se difunde gratuitamente por un prestador del servicio de comunicación audiovisual con un objetivo de interés general, por afectar a un bien público que requiera especial protección o promoción.
