Articulo 134 Medidas Fiscales y Administrativas en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios
Articulo 134 Medidas Fisc...os Propios

Articulo 134 Medidas Fiscales y Administrativas en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios

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Artículo 134. Hecho imponible.

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Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación, por el Comité Aragonés de Agricultura Ecológica, de los siguientes servicios:

1. Inscripción y mantenimiento de los siguientes Registros de Operadores en la Comunidad Autónoma de Aragón:

- Registro de Operadores titulares de explotaciones de producción;

- Registro de Operadores titulares de industrias elaboradoras; y

- Registro de Operadores titulares de empresas importadoras de terceros países.

2. Certificación del producto cuando sea el Comité Aragonés de Agricultura Ecológica quien actúe en funciones de Autoridad de Control.

3. Por la venta y expedición de etiquetas, contraetiquetas, volantes de circulación y declaraciones de exportación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2005 en vigor desde 01-01-2006