Articulo 134 Protección ambiental de Extremadura
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»Artículo 134. Sanciones.
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Las infracciones tipificadas en el artículo anterior podrán dar lugar a la imposición de las siguientes sanciones.
a) En el caso de infracción muy grave:
Multa desde 240.401 hasta 2.404.000 euros.
b) En el caso de infracción grave:
Multa desde 24.001 hasta 240.400 euros.
c) En el caso de infracción leve:
Multa de hasta 24.000 euros.
