Articulo 134 Reglamento g...e las AAPP

Articulo 134 Reglamento general de la Ley de Contratos de las AAPP

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Artículo 134. Aprobación del proyecto.

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Realizada, en su caso, la correspondiente información pública, supervisado el proyecto, cumplidos los trámites establecidos y solicitados los informes que sean preceptivos o se estime conveniente solicitar para un mayor conocimiento de cuantos factores puedan incidir en la ejecución o explotación de las obras, el órgano de contratación resolverá sobre la aprobación del proyecto.