Articulo 134 TR de la ley...s públicas

Articulo 134 TR. de la ley de contratos de las administraciones públicas

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Artículo 134. Régimen de utilización de los bienes de dominio público.

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(DEROGADO)

No podrá otorgarse una concesión de dominio público a resultas del contrato regulado en esta sección contraviniendo el régimen de utilización de los bienes de dominio público regulados en las leyes específicas.
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