Articulo 135 Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia
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»Artículo 135. De la conciliación y reparación
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Los Equipos Técnicos dependientes funcionalmente de los Juzgados de Menores y Fiscalía de Menores realizarán las funciones de conciliación y reparación entre el menor y la víctima o perjudicado.
