Articulo 135 Servicios sociales
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»Artículo 135 Infracciones graves
Vigente
Son infracciones graves de las personas usuarias o beneficiarias de prestaciones las siguientes:
a) Reincidir en la comisión de infracciones leves.
b) Falsear datos a la Administración.
c) No comunicar a la Administración los cambios o las alteraciones de las circunstancias o de los requisitos que determinaron la concesión de la prestación.
d) Producir daños a las instalaciones del centro.
e) Alterar gravemente la convivencia del centro.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-06-2009 en vigor desde 18-08-2009