Articulo 135 Servicios sociales
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Artículo 135 Infracciones graves

Vigente

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Son infracciones graves de las personas usuarias o beneficiarias de prestaciones las siguientes:

a) Reincidir en la comisión de infracciones leves.

b) Falsear datos a la Administración.

c) No comunicar a la Administración los cambios o las alteraciones de las circunstancias o de los requisitos que determinaron la concesión de la prestación.

d) Producir daños a las instalaciones del centro.

e) Alterar gravemente la convivencia del centro.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-06-2009 en vigor desde 18-08-2009