Articulo 136 Reglamento de la Ley 3/1993, Forestal -Derogado-
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»Artículo ciento treinta y seis
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Corresponde a la administración de la Generalitat Valenciana la planificación, coordinación y ejecución de las medidas y acciones necesarias para la prevención y lucha contra los incendios forestales, conjuntamente con las demás administraciones públicas y en colaboración con los particulares.
