Artículo 136 ter Reglamento de Recaudación de Navarra
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»Artículo 136 ter. La Mesa de subasta
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(NOTA: Artículo aplicable para los procedimientos de enajenación de bienes embargados o garantizados para los que esté pendiente de adopción el acuerdo de enajenación)
1. La Mesa estará compuesta por las personas que ostenten la presidencia, la secretaría y una o más vocalías, designadas entre personal funcionario en la forma que se establezca en la norma de organización específica.
2. En caso de subastas realizadas conforme al artículo 132.6, entre los miembros de la Mesa habrá al menos un representante de cada órgano u órganos de recaudación competentes.
Modificaciones
- Artículo modificado (136 ter (se añade)) por DECRETO FORAL 39/2021, de 19 de mayo, por el que se modifica el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado mediante Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio.
(NA de 03-06-2021) en vigor desde 04-06-2021
