Articulo 137 Agraria de Extremadura

Articulo 137 Agraria de Extremadura

Ver Indice
»

Artículo 137. Comunicación de actuaciones.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La comunicación de las distintas actuaciones del procedimiento a los propietarios, titulares de derechos reales y situaciones jurídicas y, en general, a cualquier persona que pudiera verse afectada por los trabajos de concentración parcelaria, se realizará mediante su notificación individual y, adicionalmente a la misma, mediante la publicación de anuncios en los tablones de edictos de los Ayuntamientos o entidades locales afectados, así como en el Diario Oficial de Extremadura, en la forma contemplada en los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común.