Artículo 138 bis General de Hacienda Publica
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»Artículo 138 bis. Formación y remisión de la Cuenta General.
Vigente
La Cuenta General de la Comunidad de cada año se formará por la Intervención General de la Junta de Extremadura y se elevará al Consejo de Gobierno para su remisión a la Asamblea de Extremadura, al Tribunal de Cuentas y al Consejo de Cuentas antes del día 31 de octubre del año siguiente al que se refiera.
La Cuenta General se publicará en la sede electrónica de la Junta de Extremadura en el mes siguiente a su remisión.
(NOTA: se aplicará al primer ejercicio cerrado a partir de la entrada en vigor y siguientes)
Modificaciones
- Modificación realizada (138 bis (se añade)) por Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
(DOE de 09-04-2019) en vigor desde 09-05-2019 - Texto Original. Publicado el 28-04-2007 en vigor desde 09-05-2019