Articulo 138 Patrimonio de La Rioja
Ver Indice
»Artículo 138. Infracciones.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Constituyen infracciones, de conformidad con la presente Ley, las acciones y omisiones tipificadas en este Título, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden que pudieran derivarse del resto del articulado.
