Artículo 138. Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo
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»Artículo 138. Subdirecciones de escuelas de doctorado.
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1. La persona titular de la Dirección de la escuela de doctorado podrá proponer la creación de una o más subdirecciones.
2. Las personas titulares de la Subdirección de escuela serán nombradas por el Rector o Rectora, a propuesta de la persona titular de la Dirección, entre el personal docente e investigador que sea miembro de la escuela de doctorado.
3. El reglamento de régimen interior de la escuela de doctorado podrá establecer otros requisitos para el desempeño de este cargo.
