Articulo 138 Tasas y Precios Públicos de Navarra -Derogada-
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»Artículo 138. Exención.
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Estarán exentos de estas tasas la Administración de la Comunidad Foral, los Entes Locales de Navarra, el Estado, los demás entes públicos territoriales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Modificaciones
- Modificación realizada (138) por LEY FORAL 30/2018, de 27 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
(NA de 31-12-2018) en vigor desde 01-01-2019 - Artículo modificado (138 (se deroga)) por LEY FORAL 23/2015, de 28 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
(NA de 30-12-2015) en vigor desde 31-12-2015
