Articulo 138 TR. de la ley general presupuestaria
- Norma derogada con las excepciones indicadas en el apdo. 1 de la D.DT. Única de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. - Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
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»Art. 138.
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Las Sociedades estatales cumplirán lo dispuesto en el artículo 129 de esta Ley, dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que termine su ejercicio social, remitiendo copias autorizadas de la memoria. balance, cuentas de explotación y de pérdidas y ganancias, correspondientes a dicho ejercicio.
