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Articulo 139 Reglamento General Presupuestario, de desarrollo del TR. de la Norma Foral General Presupuestaria

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Artículo 139. -Aprobación del plan anual de auditorías.

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El plan anual de auditorías será aprobado por el diputado o la diputada foral de Hacienda y Finanzas con anterioridad al inicio del ejercicio en que deba aplicarse, quien dará cuenta del mismo a la Diputación Foral, para su posterior traslado por ésta a las Juntas Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para su conocimiento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-12-2014 en vigor desde 01-01-2015