Articulo 139 TR de la NF....upuestaria

Articulo 139 TR. de la NF. 5/2006, General Presupuestaria

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Artículo 139. Expedientes no sujetos a fiscalización previa .

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Quedan excluidos de fiscalización previa:

1. Los contratos de personal y cuantas incidencias pudieran producirse durante la vigencia de los mismos.

2. Los de carácter periódico y demás de tracto sucesivo, una vez fiscalizado el gasto correspondiente al período inicial del acto o contrato del que deriven o sus modificaciones.

3. Los gastos cuyos importes sean inferiores a tres mil euros.

4. Los contratos menores.

5. Las subvenciones nominativamente asignadas en los Presupuestos Generales del Territorio Histórico.